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Violencia Doméstica

Si usted está enfrentando acusaciones de provocar violencia doméstica en el condado de Palm Beach, usted puede confiar en nuestros abogados con experiencia en el Oeste de Palm Beach de la Asociación Profesional de Meltzer & Bell., y siempre estaremos de su lado y lucharemos vigorosamente por usted. Nosotros buscamos los mejores resultados para nuestros clientes, y trabajaremos para reducir o denegar los cargos.

Abogado en casos de violencia doméstica en el Oeste de Palm Beach

Nosotros respondemos a llamadas las 24 horas del día, los siete días de la semana, los 365 días del año. Usted hablara con uno de nuestros socios. Su caso no se le dará a un asociado con menor experiencia. En la Asociación Profesional de Meltzer y Bell, usted obtendrá a un abogado calificado y experimentado para representarlo.

Comuníquese hoy al (561) 557-8686 para poder programar una consulta y discutir su caso con nosotros. Nosotros representamos a personas que enfrentan cargos en las cortes del condado de Palm Beach en el Oeste de Palm Beach, Palm Beach Gardens y Delray Beach, incluyendo a aquellas personas que hayan sido arrestadas en Boca Ratón, Boynton Beach, Wellington, Jupiter, Greenacres, Juno Beach, Palm Beach Gardens, Lake Worth o Royal Palm Beach. Nosotros también representamos a clientes en los condados de Broward y Miami-Dade.


Definición de un familiar o familia bajo la legislatura del estado de la Florida

Bajo la legislatura del estado de la Florida  § 741.28, la violencia domestica ocurre entre personas de la misma familia o familiares. La ley determina “familia o familiares” como las personas que estén relacionadas entre sí mismas en cualquiera de las siguientes formas:

  • Esposo o esposa
  • Ex-esposo o ex-esposa
  • Cualquier persona relacionada por sangre o matrimonio, incluyendo:
    • Hijos o hijas
    • Hijastros o hijastras
    • Nietos
    • Padre o madre
  • Personas que estén viviendo juntas como una familia
  • Personas que ya hayan vivido anteriormente como familia
  • La persona con la que el acusado tuvo a un infante

Es importante recalcar que el acusado y el acusado no tienen que estar casados o estar relacionados por sangre. Si dos personas viven juntas y están en una relación amorosa pero no están casados, los cargos por actos violentos se pueden procesar como abuso doméstico. De la misma forma, personas del mismo sexo en una relación amorosa que vivan juntas pueden también enfrentar cargos por violencia doméstica, aunque el estado de la Florida no reconoce el matrimonio equitativo.

La legislación del estado de la Florida § 784.046(1)(d) también define “violencia con la persona que está saliendo.” La violencia en contra de la persona con la que está saliendo es un acto violento entre dos personas que han o hayan, dentro de los últimos seis meses, sostenido una relación considerada romántica o intima en naturaleza.


Los cargos de abuso doméstico más comunes en el condado de Palm Beach

egislación del estado de la Florida § 741.28 enlista bastantes ofensas por separado, que también se pueden encontrar en diferentes partes de la legislatura, las cuales pueden ser cargadas como violencia doméstica. De encontrarse culpable de los delitos que se le imputan, todas estas ofensas tienen su castigo, incluyendo tiempo en prisión y altas multas.

Ofensas enlistadas en la legislatura incluyen:

  • Asalto (La legislación del estado de la Florida § 784.011)
  • Asalto agravado (La legislación del estado de la Florida § 784.021)
  • Agresión (La legislación del estado de la Florida § 784.021)
  • Agresión agravada (La legislación del estado de la Florida § 784.045), sería el cargo si la víctima estaba embarazada
  • Acecho (La legislación del estado de la Florida § 784.048)
  • Acecho agravado (La legislación del estado de la Florida § 784.048)
  • Rapto (La legislación del estado de la Florida § 784.048)
  • Privación ilegal de la libertad  (La legislación del estado de la Florida § 787.02)

Además, la legislación establece que “cualquier delito criminal que resulte en una lesión física o la muerte” de un familiar o miembro de la familia puede ser cargado con violencia doméstica. Un asalto considerado delito grave por uso de estrangulación (La legislación del estado de la Florida § 784.041) es un cargo común.


Ordenes de protección para casos de abuso doméstico en Palm Beach

Una persona que inicie una acusación de violencia domestica puede presentar una solicitud juramentada para obtener su orden de protección. Bajo la legislación del estado de la Florida § 741.30 (o, para posibles víctimas de violencia por la persona con que está saliendo, legislación del estado de la Florida § 784.046), se le puede otorgar a la persona dicha orden de protección, aunque el acusado no haya sido encontrado como culpable del crimen.

La supuesta víctima solicitará la petición. El juez que recibe la solicitud determinará si la protección temporal será otorgada. El acusado no tiene la oportunidad de ser representado en este procedimiento. La orden será válida por hasta 15 días, durante los cuales se solicitará una audiencia para poder brindar una orden permanente. Su abogado con experiencia en defensa criminal lo puede representar en esta audiencia y defenderlo.

Una orden de protección puede tener varios requisitos, u órdenes específicas para poder o no poder efectuar ciertas actividades. Algunos de estos requisitos pueden ser:

  • Prohibirle comunicarse de cualquier forma con la víctima;
  • Prohibirle aproximarse al hogar, escuela o lugar de empleo de la víctima;
  • Ordenarle que usted pague la vivienda de la víctima;
  • Prohibirle que tenga posesión de armas de fuego; y/o
  • Prohibirle consumir alcohol.

Violar una orden de protección es considerado un crimen. La orden puede ser con tiempo indefinido o expirar en una fecha predeterminada.


Encontrando al mejor abogado en casos de violencia intrafamiliar en el condado de Palm Beach

Los cargos por violencia doméstica pueden acarrear repercusiones serias. Si usted es acusado en el condado de Palm Beach, nuestros abogados de la Asociación Profesional de Meltzer y Bell luchara por sus derechos. Nosotros lo podemos defender si enfrenta cargos por violencia familiar, o por casos similares, como audiencias para establecer órdenes de protección. Comuníquese hoy con nosotros al (561) 557-8686 para poder programar una consulta.